A propósito del arresto, por un mes y un día, del subteniente del Ejército de Tierra Jorge Bravo, presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), conviene hacer una serie de consideraciones en relación con el derecho fundamental a la libertad de expresión en las Fuerzas Armadas.
El arresto de Bravo, que le supondrá la estancia, durante el periodo de arresto, en el establecimiento disciplinario militar de la base 'San Pedro', en Colmenar Viejo (Madrid), ha sido debido a las manifestaciones que realizó en julio de 2012 con relación a los recortes llevados a cabo por el Gobierno.
En sus declaraciones, el subteniente, en calidad de presidente de AUME (una de las asociaciones profesionales mayoritarias del ámbito castrense), apuntaba la posibilidad de recortar en gastos superfluos (festejos, celebración de aniversarios, actos públicos, etc.) para evitar recortes de otro tipo en las retribuciones de los militares.
Sus palabras, pronunciadas públicamente, y de las que se hicieron eco diversos medios de comunicación, han sido consideradas falta grave por la autoridad sancionadora, en virtud del artículo 8.18 del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas (que data del año 1998 y que se encuentra, actualmente, en proceso de revisión).
En dicho artículo se especifica que es falta grave "hacer reclamaciones, peticiones o manifestaciones contrarias a la disciplina o basadas en aseveraciones falsas" y "realizarlas a través de los medios de comunicación social o formularlas con carácter colectivo"... (leer artículo completo pinchando aquí).